El Senador Nacional por la provincia de Neuquén, presentó un proyecto de ley acompañado por sus pares del bloque del Frente de Todos, en el que explicita y da marco a la televisación de acceso libre y gratuito de los principales partidos de cada fecha.
Oscar Parrilli presentó un proyecto de ley que garantizará la transmisión gratuita de eventos masivos de interés general, como el de los principales partidos de los equipos de fútbol más convocantes de la Argentina.
Acompañado por sus pares del bloque de Senadores y Senadoras del Frente de Todos, el proyecto declara “de interés general el acceso a contenidos audiovisuales obtenidos en ocasión del desarrollo de encuentros de fútbol de Primera División realizados en el marco de torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino, garantizándose en todo el territorio nacional el derecho a un acceso libre y gratuito mínimo a los mismos, en su calidad de bienes culturales”.
La norma, que está en la misma línea que lo resuelto por la Secretaría de Comercio interior respecto de la transmisión de los partidos de los clubes más convocantes, Boca y River; estipula que “deberá transmitirse en vivo y en directo por Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, a través de la Televisión Digital Abierta (TDA) terrestre o satelital, o cualquier medio alternativo creado o a crearse en el futuro de acceso libre y gratuito, para todo el territorio nacional, al menos una tercera parte de los encuentros de Primera División que se disputen en el marco de los torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino. Dichos encuentros serán determinados por la Autoridad de Aplicación, incluyendo los dos con mayor audiencia potencial correspondientes a cada fecha de torneo programada y asegurando el carácter federal de la audiencia”.
Además, especifica que “el producido generado por la comercialización de publicidad durante las transmisiones de acceso libre y gratuito referidas en el artículo anterior, se destinará conforme la siguiente distribución:
a) cincuenta por ciento (50%) al desarrollo de infraestructura deportiva infanto-juvenil en poblaciones vulnerables;
b) treinta por ciento (30%) a la Asociación del Fútbol Argentino;
c) veinte por ciento (20%) al financiamiento de las actividades de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado.
Los derechos de publicidad conservados por los clubes serán respetados, y no podrán ser afectados ni alterados por medio tecnológico alguno”.
En los fundamentos, el ex Secretario General de la Presidencia durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner, explicó que “es nuestra convicción que este Senado
debe velar por el más pleno y amplio ejercicio de los Derechos de todos los habitantes de nuestro país dictando leyes que posibiliten el acceso público a contenidos informativos de interés relevante, entre los que, sin ninguna duda el Futbol Argentino se encuentra encuadrado. El lugar que el fútbol ocupa en la identidad cultural argentina es un elemento ineludible a tener en cuenta a la hora de analizar los elementos que pueden determinar que la garantía de su acceso libre, gratuito y en condiciones de igualdad sean declarados con motivos de interés público”.
Sostuvo Parrilli que “el fútbol, asimismo, se encuentra representado en múltiples usos culturales tales como hábitos y rutinas, y ha llegado a considerarse en virtud de ello como el hecho cultural más relevante de la Argentina. En tal sentido, cabe mencionar como marco legislativo la protección que emana de la Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional, por caso, en el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que protege la “participación en la vida cultural” la “conservación, desarrollo y difusión de la cultura” y la Convención Americana de Derechos Humanos que garantiza el derecho a “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”, entre otros”.
El proyecto también se ampara en “instrumentos internacionales específicos ratificados por la República Argentina” y afirma que hay “sólidos argumentos” que “no fueron tenidos en cuenta al perfeccionarse el Contrato suscripto entre FSLA HOLDINGS LLC E IMAGEN SATELITAL S.A. con la Asociación del Fútbol Argentino y la Superliga Profesional del Fútbol Argentino Sociedad Civil, situación disvaliosa que proponemos corregir con el presente Proyecto de Ley”.
Para los autores, “la existencia de derechos exclusivos entre particulares trae aparejada no sólo la exclusión de parte de la población al pleno ejercicio del derecho de acceso sino, además una potencial restricción del mercado en cuanto impiden la concurrencia de otros actores, y por ende, restringen irrazonablemente las vías de emisión y retransmisión de este tipo de eventos…”
Parrilli, finalmente, recordó que “durante los años que gobernó Mauricio Macri se utilizaron todos los mecanismos necesarios para aniquilar la Ley de Medios” pero que, “no obstante, en lo que aquí interesa, la ley sigue plenamente vigente en lo que hace a la difusión de determinados contenidos para que puedan ser disfrutados por todos los sectores de la sociedad”. Por ello es que la norma, de ser sancionada, se inscribe en aspectos de la ley que no fueron derogados.
Y afirmó que “después de un profundo análisis de los términos del Acuerdo Vinculante que une a las Empresas, prestadoras televisivas con las Entidades del Fútbol, esto es, la AFA y La Liga Profesional del Futbol Argentino, hemos buscado un camino que, sin alterar los derechos adquiridos de las partes mencionadas y sin generar el riesgo de eventuales pérdidas económicas que pudieran derivar en reclamos judiciales, permita brindar a la sociedad en su totalidad y en forma gratuita al menos la tercera parte de los partidos del campeonato del fútbol argentino. Para ello, hemos tenido en cuenta, por una parte, que el Contrato tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2022. Durante ese plazo, aún a nuestro pesar, las condiciones generales que surgen del mismo no deberían ser modificadas”.