El proyecto enviado a Diputados por el PEN consiste en un programa que dispone el reintegro de una proporción del monto de las operaciones que en carácter de consumidores finales abonen los sujetos definidos como beneficiarios por las compras de bienes muebles realizadas en ciertos comercios minoristas o mayoristas, siempre que el pago se realice mediante la utilización de tarjetas de débito asociadas a cuentas vinculadas a tales personas, tarjetas de crédito o tarjetas que operen bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o débito en cuenta a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR). También se incluyen las compras de bienes efectuadas en el marco de la “TARJETA ALIMENTAR” o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – “POTENCIAR TRABAJO”.
Uno de los objetivos prioritarios del ESTADO NACIONAL es la asistencia a las personas de menores ingresos de todo el país a través de medidas concretas y transparentes, con el fin de lograr una reducción sostenida de la pobreza.
La medida que se propicia tiene por finalidad mejorar el ingreso disponible y consecuentemente la capacidad decompra de los sectores más vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad la totalidad o gran parte de sus ingresos.
En tal sentido, se establecen como beneficiarios y beneficiarias del mencionado Programa a quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas, en todos los casos siempre que sus ingresos mensuales por dichos conceptos no excedan la suma de SEIS (6) haberes mínimos garantizados; a los que perciben asignaciones universales por hijo para protección social; asignaciones por embarazo para protección social; al personal en relación de dependencia en la actividad privada o pública cuyos ingresos mensuales no superen la suma equivalente a SEIS (6) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil; a las personas trabajadoras comprendidas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y a los contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños contribuyentes (RS) que se encuentren encuadrados en cualquiera de sus Categorías, excepto que obtengan determinado tipo de ingresos. Asimismo, se contempla la posibilidad de ampliar el listado de sujetos beneficiarios.